Agrupacion Española de Fabricantes de Conservas Vegetales

AGRUCON

Agrupar a las empresas fabricantes de conservas vegetales españolas y representar, promover y defender sus intereses colectivos

Lobbying Activity

Response to Commission Regulation setting maximum residue levels for chlorate in or on certain products

18 Feb 2019

Desde AGRUCON agradecemos la oportunidad de aportar comentarios en la tramitación de este reglamento y queremos hacer las siguientes consideraciones: - En su dictamen sobre los riesgos para la salud pública relacionados con la presencia de cloratos en alimentos (EFSA Journal 2015; 13(6): 4135), EFSA asume que los residuos de cloratos en alimentos proceden principalmente del uso de agua clorada en su procesado. Siendo esto así, parece lógico pensar que, a la hora de establecer límites a la presencia de cloratos en los alimentos, es imprescindible tener en cuenta las concentraciones de cloratos en el agua potable utilizada en el procesado. Si se limita el contenido en cloratos en los alimentos antes de limitar de forma coherente el contenido en cloratos en el agua potable, se obligaría a los operadores que utilizan agua potable en sus procesos a respetar unas restricciones que no está en sus manos cumplir. Por lo tanto parece lo más conveniente para evitar una problemática innecesaria que los límites de cloratos en alimentos y en agua potable se fijen de forma coherente y simultánea. - Los límites propuestos en el borrador de reglamento están basados, según se explica en los considerandos, en el percentil 95 de los datos que maneja la Comisión (El 95% de las muestras analizadas estarían por debajo de esos LMRs). Hay que tener en cuenta que no todos los municipios de todos los estados miembros tienen el mismo nivel de cloración del agua potable. Así, aunque quizá en la mayoría de los municipios de los países de la UE los niveles de cloración del agua potable sean bajos y permitan alcanzar los límites propuestos, en España hay municipios en los que el agua potable de la red presenta niveles de cloratos relativamente altos, lo que impide a las fábricas ubicadas allí cumplir los límites propuestos. Es probable que en el 5% de muestras que no cumplen los LMRs de cloratos propuestos haya un buen número de productos que no pueden cumplir estos límites por el alto contenido en cloratos del agua potable que utilizan en sus procesos, sin que se les pueda reprochar ninguna mala práctica de fabricación. El fijar LMRs de cloratos en alimentos sin esperar a la fijación de límites de cloratos en agua potable supondría una arbitraria injusticia para determinados operadores, que no podrían cumplir los LMRs y verían la continuidad de sus producciones en entredicho sin justificación lógica. - Existe cierta incertidumbre sobre la aplicación del nuevo reglamento a los productos transformados que debe ser aclarada. En varias actas públicas del SCPAFF (Standing Commitee on Plants, Animals. Food and Feed: acta del 26-27 Nov 2018 y de 26-27 Feb 2018) se hace referencia a la aplicación del nuevo reglamento a los productos transformados pero se menciona la negativa de algunos estados miembros a aplicar coeficientes de transformación (art. 20 del Reglamento (CE) nº 396/2005) a los LMRs en determinados casos. La Comisión debe explicar claramente este punto para evitar malentendidos. Dos cuestiones deben tenerse en cuenta: • En productos en los que la transformación supone una concentración, como puede ser el concentrado de tomate (se necesitan aproximadamente 6 kg de tomate fresco para elaborar un kg de concentrado de tomate 28-30) se debe aplicar un coeficiente de transformación al LMR, ya que al concentrar el producto se concentrará también el posible clorato presente. • En productos que tengan agua como ingrediente, mientras no haya un límite para el contenido de cloratos en el agua potable, no se debe aplicar un LMR para cloratos, ya que el agua puede aportar un alto contenido en cloratos y hacer que se supere el límite. Una vez que se fije el límite de cloratos en agua potable, deberá tenerse en cuenta el límite permitido de cloratos en agua y el peso del agua en la composición del producto transformado a la hora de aplicar el LMR.
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