Corporacion Radio Television Espanola

RTVE

La Corporación RTVE es el mayor grupo audiovisual español, que tiene encomendada la misión de ofrecer y garantizar los servicios públicos de la radio y televisión de titularidad del Estado, función que realiza a través de Televisión Española (TVE) y Radio Nacional de España (RNE).

Lobbying Activity

Meeting with Ibán García Del Blanco (Member of the European Parliament)

12 Oct 2022 · Exchange views of EMFA.

Response to European Media Freedom Act

21 Mar 2022

En las aportaciones ante la Comisión Europea, la Corporación RTVE respalda, tomando en consideración el nuevo escenario que se deriva de la invasión rusa de Ucrania, lo siguiente: 1. Un cambio del actual marco legislativo de los medios y servicios de comunicación, incluidos los servicios públicos de radiodifusión en la Unión Europea a través de un procedimiento legislativo especial, con participación del Parlamento Europeo, instado por el Consejo Europeo, que posibilite la adaptación rápida del marco normativo a la nueva realidad. 2. Un nuevo marco normativo centrado en todos los ámbitos de la información y de la comunicación que necesita la Unión Europea en 2022 y, por ende, los Estados miembros y los medios y servicios de comunicación, para un correcto funcionamiento del mercado interior. 3. Un nuevo marco normativo fundamentado en la actualización, a la realidad de la actividad de los medios y servicios de comunicación de 2022, tanto de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual revisada como del Protocolo sobre el sistema de radiodifusión pública de los Estados miembros. 4. Una redacción actualizada del Protocolo 29 – se hace una propuesta al respecto - que posibilite que los SIEG que prestan los Servicios Públicos de Radiodifusión se trasformen en Sistemas Públicos que integren Servicios de Comunicación de distinta naturaleza, caso de: de comunicación audiovisual; de información y contenidos audiovisuales para servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma; de información y contenidos audiovisuales en línea, a través de internet; para movilidad, televisión conectada, y para servicios de agregación; de verificación de la información y de lucha contra desinformación, así como de información y contenidos audiovisuales, programas, obras audiovisuales y cinematográficas de difusión internacional. 5. Se propone, asimismo, la actualización del marco de Ayudas Estatales aplicables a los Servicios Públicos de Radiodifusión vinculados con una redacción actualizada del Protocolo 29. 6. Se demanda a la Comisión una nueva normativa específica en materia del impuesto del valor añadido – IVA – aplicable a los SIEG de Comunicación acorde con sentencia de Tribunal de Justicia de Unión Europea referida al Asunto C 21/20 en lo referente a la financiación pública de dichos servicios. 7. Se propone un modelo europeo común de organismos reguladores basados en la prevalencia, en su orientación y gestión, en primer lugar, hacia la defensa de los derechos de los ciudadanos y, en segundo, a la defensa del mercado interior. 8. Se asume la propuesta de la Comisión de la creación de un mecanismo de supervisión eficaz e independiente a escala de la UE, orientado a la defensa de los derechos de los ciudadanos europeos basado en un Protocolo 29 actualizado y diferenciado en cuanto a su aplicación a medios y servicios de comunicación de titularidad pública y de titularidad comercial. 9. En materia de lucha contra la desinformación se apoya la consideración del derecho a una información veraz como un derecho de todos los ciudadanos de la UE reconocido en el artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. 10. Se desarrolla una valoración constructiva del Plan de Acción para la Democracia Europea a través de cinco enfoques diferenciados y se proponen enfoques complementarios a los utilizados por la Comisión Europea en el documento que propicia la consulta. Las percepciones diferenciadas no impiden llegar a una conclusión similar a la de la Comisión Europea: los hechos expuestos anteriormente tienen una repercusión directa en el funcionamiento del mercado único de los medios de comunicación de la UE. Por todo ello, se considera que la opción más necesaria y pertinente para superar todos estos escenarios, tras el 24 de febrero, es un instrumento legislativo.
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